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La justicia condena a Generali a pagar 29,4 millones al mayor fabricante de queso Idiazábal

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Cuarteles generales de Seguros Generali en Trieste, Italia

Seguros Generali se lleva un revés judicial en Vitoria y no consigue que la jueza del juzgado de primera instancia número 1 de la capital alavesa compre su tesis de que su antigua asegurada Aldanondo, que dice ser el mayor fabricante de quesos con denominación de origen Idiazábal de España, diera fuego a su propia fábrica en Salvatierra-Agurain (Álava) en agosto de 2018 para cobrar del seguro. Más bien al contrario, la justicia condena a Generali a pagar a Aldanondo 29,4 millones de euros.

Después de celebrarse este importante juicio entre el ‘David’ Aldanondo y el ‘Goliat’ Generali hace mes y medio en Vitoria, con más de 40 millones de euros de reclamación en juego, la jueza vasca finalmente dicta sentencia a la que a tenido acceso en exclusiva OKDIARIO.

Frente a los argumentos de la aseguradora con sede central en Trieste (Italia), la magistrada concluye que «de los indicios expuestos hasta ahora, así como respecto de la alegada “extraña siniestralidad” de Aldanondo y su precaria situación económica, no se puede desprender ni dolo ni culpa grave del asegurado, ya que ninguno de ellos determina la causa del siniestro, ni refleja la provocación y/o participación directa y/o indirecta en el incendio por parte de Aldanondo».

Por tanto, reza la sentencia con fecha 4 de diciembre, «ninguna de las conductas que se señalan por la aseguradora como constitutivas de dolo/culpa grave aparecen como causa del incendio».

No fue provocado

Es decir, la jueza Mónica Basurto mantiene en este punto la misma tesis que por dos veces manifestó la jurisdicción penal: el incendio fue fortuito, y no provocado por Aldanondo, una sociedad agroalimentaria propiedad de la cooperativa agrícola navarra Saiona. Tal y como informó este periódico antes y durante la celebración del juicio hace mes y medio, la aseguradora italiana ha mantenido de forma continuada en el tiempo que «la naturaleza del incendio no es fortuita sino provocada por la propia parte demandante, que vertió gasolina comercial y White Spirit sobre una máquina barredora en carga al objeto de dar apariencia de un cortocircuito accidental».

En la sentencia, la responsable del juzgado de primera instancia 1 certifica que no hay discusión en las partes de que el incendio se produjo en la máquina fregadora.

Después de analizar los informes de los peritos de parte -cabe recordar que la policía autónoma vasca, la Ertzaintza, calificó de fortuito el incendio en su atestado y así lo manifestó posteriormente en el juicio- la jueza condena a Generali a pagar a Aldanondo 29,4 millones más los intereses.

Sin embargo, desde Aldanondo se valora la posibilidad de recurrir esta sentencia pues se considera que la indemnización a la que se condena a Generali solo cubre la valoración de los daños producidos por el incendio pero no los intereses legales que han corrido desde un siniestro acaecido hace más de dos años. La negativa de los italianos a cubrir la póliza no solo impidió la reconstrucción de la nave, argumentan, sino que también ha llevado a la fábrica a tener que presentar un ERTE por la totalidad de sus trabajadores, ERTE que aún mantiene tras su última renovación firmada con acuerdo el pasado 29 de septiembre del 2020. Todo esto le ha hecho perder su posición competitiva en el mercado del queso Idiazábal. Con una condena en los términos actuales, señalan, a cualquier aseguradora le compensaría no pagar y judicializar los casos con el único objetivo de retrasar el abono de las indemnizaciones.

Los demandantes aseguran que la propia ley del seguro castiga la forma de actuar de que una aseguradora dilate los pagos sin justificación

Los demandantes argumentan que el espíritu del artículo 20 de la LCS (Ley de Contrado de Seguro) es sancionador, precisamente pretende castigar actuaciones como esta con vocación sancionadora para evitar que aseguradoras recurran solo por dilatar aún más su obligación contractual de pagar.

Generali: «Las dudas persisten»

Este periódico se ha puesto en contacto con Generali Seguros que, a diferencia de las ocasiones anteriores, sí ha respondido a las preguntas sobre este caso en el que hay en juego 44 millones de euros de indemnización:

Su respuesta ha sido la siguiente: ‘Generali respeta la Sentencia dictada por el juzgado de primera instancia número 1 de Vitoria sobre el siniestro ocurrido en las instalaciones de Salvatierra (Álava) de la Corporación Alimentaria Aldanondo, encontrándose la mencionada resolución pendiente de aclaración y complemento. En la demanda presentada, Aldanondo cuantificó su pretensión en la cantidad de 44,43 millones de euros. El importe de la condena de la Sentencia de instancia, que no es firme todavía, asciende a 29.44 millones de euros, prácticamente coincidente con la valoración realizada por los peritos de Generali’.

La multinacional del seguro, que es la séptima mayor empresa de toda Italia  con una capitalización de 27.500 millones de euros a la altura de Fiat Chrysler o Unicredit, continúa diciendo que «la sentencia considera acreditado que ninguna de las medidas de protección y de seguridad contra incendios recogidas en la póliza suscrita por Aldanondo se encontraban operativas en el momento del siniestro».

Generali no abandona su tesis de que los vascos quemaron su nave, y dice que aún persisten «las dudas sobre el verdadero origen del incendio, con resultados analíticos diversos de las muestras tomadas en el lugar por la Ertzaintza y los peritos de Generali» y destaca que la sentencia «desestimando la condena a intereses y costas a Generali pretendida por Aldanondo».

Por tanto, dice la empresa dirigida por Santiago Villa en España, «Nos reservamos el derecho a recurrir ante instancias superiores».

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